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Lo hacemos de corazón
Programas sociales del Gobierno de Guadalajara
REGLAS DE OPERACIÓN EJERCICIO 2017
PROGRAMA “HECHO POR MUJERES EN GUADALAJARA”
COORDINACIÓN GENERAL DE DESARROLLO ECONÓMICO Y COMBATE A LA DESIGUALDAD DIRECCIÓN DE DESARROLLO DE PROGRAMAS SOCIALES GOBIERNO MUNICIPAL DE GUADALAJARA
1. Introducción.
De acuerdo a las estadísticas del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, INEGI, (Censo 2010) en el Municipio de Guadalajara habitan un total de 777,785 mujeres. De lo anterior, se estima que en promedio 23,334 mujeres se encuentran desocupadas. Distintos datos reflejan la realidad respecto al índice de mujeres víctimas de violencia; situación que coloca a la mujer en desventaja social, ya que repercute directamente en su desempeño personal, profesional, así como en su calidad de vida y la de su familia.
Debido a la situación en la que se encuentran las mujeres tapatías, el Ayuntamiento de Guadalajara, a través de la Coordinación General de Desarrollo Económico y Combate a la Desigualdad, contribuye a mejorar la calidad de vida de las mujeres en situación de desempleo y que son víctimas de violencia, involucrándolas en actividades comerciales, mediante el Programa Hecho por Mujeres en Guadalajara.
Las mujeres participantes en el programa, obtendrán capacitación para empoderarse respecto a sus derechos y equidad de género, trabajo en equipo, superación personal, asesoría legal y financiera. Además, serán acompañadas en la realización de los trámites para la constitución legal de sus microempresas y/o sociedad o figura legal y así poner en marcha un proyecto productivo financiado inicialmente por el Municipio de Guadalajara.
Este programa brinda las herramientas necesarias para que las mujeres en situación vulnerable, obtengan un crecimiento personal, familiar y social; contribuyendo a acortar la brecha de desigualdad socioeconómica en la que se encuentran.
En 2016 se apoyaron 2,508 mujeres, que recibieron un apoyo mensual de $2,000.00 (dos mil pesos, 00/100 M.N.), 80 horas de capacitación y apoyo económico a fondo perdido de hasta $100,000.00 (cien mil pesos 00/100 M.N.), para el establecimiento de su negocio.
Se conformaron 224 proyectos productivos, de los cuales, 40 recibieron su capital semilla equivalente a $100,000.00 para el establecimiento de sus negocios.
2. Objetivos del Programa.
Objetivo General:
Desarrollar habilidades y competencias de grupos de mujeres de los barrios y colonias de Guadalajara, a través del empoderamiento y capacitación, para mejorar su calidad de vida con proyectos económicos que contribuyan a su organización y desarrollo comunitario, generando empleos cerca del lugar en el que viven.
Objetivos Específicos:
a) Desarrollar negocios productivos y sustentables locales a través de la agrupación de mínimo 5 mujeres;
b) Fomentar el autoempleo entre las mujeres del Municipio de Guadalajara, sin descuidar el núcleo familiar;
c) Reducir costo de oportunidad de convivencia familiar por integrarse a la vida productiva;
d) Capacitar a mujeres en sus derechos, superación personal, trabajo en equipo y equidad de género; y
e) Asesorar a las mujeres en el ámbito legal, contable y administrativo de su sociedad o figura legal y/o microempresas apoyando así en la organización, desarrollo y consolidación de proyectos productivos.
3. Población Objetivo.
Mujeres mayores a 18 años de edad que vivan en el Municipio de Guadalajara, conformadas en grupos, mínimo de 5 integrantes, con preferencia en mujeres en situación de violencia, con discapacidad y grupos vulnerables.
Se designará un 10% diez por ciento del padrón a personas en situación de vulnerabilidad, con discapacidad e indígenas, para que participen y sean beneficiarias del programa.
4. Presupuesto.
Por un monto de $179’760,600.00 (ciento setenta y nueve millones setecientos sesenta mil seiscientos pesos 00/10.0 M.N), etiquetados en la partida presupuestal 4410 “Ayudas Sociales a Personas”.
5. Cobertura.
En el Municipio de Guadalajara, con preferencia a las zonas de atención prioritaria y las que la Coordinación General de Desarrollo Económico y Combate a la Desigualdad determine, a partir del análisis de indicadores en materia de seguridad, rezago social y vulnerabilidad.
6. Área Responsable del Gobierno Municipal.
La Coordinación General de Desarrollo Económico y Combate a la Desigualdad a través de la Dirección de Desarrollo de Programas Sociales y la Jefatura del Programa “Hecho por Mujeres en Guadalajara”, serán las responsables de administrar y coordinar las actividades relacionadas a la correcta implementación del programa.
7. Características del Apoyo.
I. La entrega de los apoyos contará con las siguientes características:
a) Apoyo Económico Mensual.
Apoyo económico por la cantidad de $2,000.00 (dos mil pesos 00/100 M.N.), mensuales, para cada integrante del grupo durante 12 meses. En los casos que el Comité Técnico de Valoración determine, el apoyo podrá extenderse hasta por 6 meses adicionales.
b) Plan de Capacitación y Acompañamiento Gratuito a los Grupos de Mujeres a través de un Plan de Incubación con al menos los siguientes temas:
1. Empoderamiento de las mujeres;
2. Plan de vida;
3. Desarrollo Humano;
4. Administrativo y empresarial;
5. Legal;
6. Fiscal;
7. Mercadotecnia;
8. Plan de negocios y plan de inversión;
9. Capacitación de oficios de acuerdo a las necesidades de cada grupo de mujeres.
10. Capacitación en informática y/o computación
11. Seguimiento a los proyectos con visitas periódicas para verificar que estén funcionando y que sus integrantes estén activas, así como ofrecerles asesorías en temas legales, contables, de financiamiento, entre otros.
c) Apoyo Único para Capital de Inicio o Capital Semilla:
El capital semilla será de $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) hasta la cantidad que el Comité Técnico de Valoración determine, pero no mayor a $300,000.00 (trescientos mil pesos 00/100 M.N.); a fondo perdido, el cual deberá utilizarse para adquirir bienes, equipamiento, así como contratación de servicios o insumos.
Las aportaciones adicionales a capital semilla serán analizados por el Comité Técnico de Valoración y no mayores a $100,000.00 (cien mil pesos 00/100 M.N.).
Cabe señalar que, el capital semilla es para la empresa creada y no es un reparto proporcional para cada integrante del grupo, por lo que si alguna de las integrantes sale del proyecto, no le corresponde nada del mismo.
8. Convocatoria.
El Gobierno Municipal de Guadalajara a través de la Coordinación General de Desarrollo Económico y Combate a la Desigualdad tendrá hasta 30 días a partir de la publicación de las presentes reglas de operación para publicar las bases de la convocatoria a través de su página de Internet, redes sociales, así como en la Gaceta Municipal de Guadalajara, incluyendo la leyenda:
“Este Programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido su uso con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos en el propio Programa. Quien haga uso indebido de los recursos de éste deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.
Este programa inicia el día de la publicación de la Convocatoria en la Gaceta Municipal de Guadalajara y termina el día 31 de diciembre de 2017 o al agotar el techo presupuestal.
9. Requisitos para Registrarse al Programa.
I. FASE 1: Perfil de Candidatas:
a) Formar un grupo de mínimo 5 mujeres (máximo 3 familiares directos), quiénes deberán permanecer activas en el proyecto al menos 2 años.
b) Ser mujeres mayores de 18 años de edad;
c) Cada grupo deberá nombrar una “Coordinadora”, quien será el contacto entre la Jefatura del programa “Hecho por Mujeres en Guadalajara” y el grupo.
d) El grupo debe de presentar una idea de proyecto para ser evaluada y pre autorizada por el Comité Técnico de Valoración;
e) Radicar en el Municipio de Guadalajara, preferentemente vecinas del mismo barrio, colonia o zona;
f) Presentar la documentación completa que la convocatoria determine; y
g) No estar desempeñando cargo alguno como servidor público (municipal, estatal o federal) y firmar carta declaratoria.
II. FASE 2: Perfil de Viabilidad de Proyectos:
a) Firmar carta compromiso de permanencia en el programa;
b) Llenar el cuestionario socioeconómico.
c) Asistir a la totalidad de las sesiones de capacitación. Cabe señalar que, en todas las actividades que tienen que ver con el curso de capacitación no podrán llevar a sus hijos, con excepción de la graduación.
Tendrán preferencia personas en situación de violencia, discapacidad y grupos vulnerables; así como mujeres que tengan hijos que padezcan enfermedades crónicas degenerativas.
10. Procedimiento de la Entrega del Apoyo Económico Mensual.
Los pasos para empezar a recibir el apoyo económico mensual son:
1. Completar satisfactoriamente su registro al programa.
2. Asistir a los cursos de capacitación en temas de desarrollo humano, administración, contabilidad, mercadotecnia, a realizarse en el periodo que establece el programa de capacitación, del cual obtendrán una constancia que acredite la totalidad de asistencias; y Realizar el trámite necesario que establezca la Tesorería Municipal para la entrega de los apoyos económicos.
3. Una vez concluidas las capacitaciones, en un plazo de hasta 45 días, los equipos deberán concluir su plan de negocios y de inversión, haber presentado su proyecto ante el Comité Técnico y haber constituido la empresa formalmente.
11. Procedimiento de la Entrega de Recurso de Capital Semilla.
Los pasos para recibir la inversión para capital semilla son:
a) Presentar plan de negocio dictaminado por el Comité Técnico de Valoración;
b) Presentar plan de inversión, con el desglose de bienes, equipamiento, insumos y contratación de servicios en los que utilizará el capital;
c) Presentar constancia de capacitación;
d) Realizar carta de aceptación del recurso;
e) Dichos recursos deberán ser ejecutados para la microempresa y/o sociedad o figura legal, deben ser comprobados mediante facturas que demuestren que el recurso se ha utilizado en adquirir bienes, equipamiento, así como contratación de servicios o insumos.
f) Estar constituida legalmente la empresa.
12. Acompañamiento, Supervisión y Seguimiento.
Durante el tiempo de vida del proyecto, el departamento de trabajo social de la jefatura del programa, acompañará a los grupos de mujeres para realizar una valoración del negocio que contempla:
I. TALLERES:
• Talleres de Desarrollo Humano: Se impartirán temas de empoderamiento respecto a sus derechos, equidad de género y superación personal;
• Talleres Económico-Administrativo: Herramientas para la generación del plan de negocios y un plan de inversión; y
• Acompañamiento de Trámites Municipales: Información de trámites para constituir legalmente sus microempresas y/o sociedad o figura legal.
II. SUPERVISIÓN Y SEGUIMIENTO:
• a) Reportes Trimestrales: las microempresas y/o sociedad o figura legal deben entregar un informe de seguimiento económico y administrativo que guarda el negocio, a la Jefatura del Programa Hecho por Mujeres en Guadalajara, quien se encargará de supervisarlos y evaluarlos;
• b) Revisiones en Sitio: se realizarán visitas domiciliarias a las microempresas y/o sociedad o figura legal para la verificación de su óptima operación; y
• c) Asesoría Técnica: Las microempresas y/o sociedad o figura legal activas tendrán la oportunidad de acudir a las asesorías con especialistas para resolver dudas en materia legal y contable.
13. Cuestionario Socioeconómico.
Es requisito realizar individualmente el cuestionario socioeconómico de cada beneficiaria de cada proyecto; mismo que deberá ser llenado con tinta y letra de molde. La información que proporcione cada mujer debe ser verídica.
14. Preselección de Beneficiarias.
Los proyectos que cumplan la totalidad de los requisitos, en el tiempo señalado en la convocatoria, serán evaluados y aprobados por el Comité Técnico de Valoración. En los casos que no cumplan los proyectos con alguno de los requisitos, no serán beneficiadas.
15. Cumplimiento de Responsabilidades.
Las beneficiarias se responsabilizarán de emprender y mantener la microempresa y/o sociedad o figura legal por lo menos dos años.
16. Motivos para Interrumpir el Apoyo Mensual.
I. Que el negocio no se encuentre abierto o en funciones durante al menos dos visitas por parte del personal de la Coordinación General de Desarrollo Económico y Combate a la Desigualdad, mientras recibe los apoyos económicos;
II. No presentar los informes trimestrales de los estados financieros y administrativos en los que se encuentra la microempresa y/o sociedad o figura legal;
III. No presentar la información real de acuerdo a los lineamientos establecidos en las reglas de operación;
IV. Faltar a las capacitaciones programadas sin justificación. Sólo se justificarán inasistencias por motivos de salud comprobables, accidentes y/o fallecimientos; cualquier otro motivo, deberá platicarse con el instructor y personal del programa para determinar si se justifica o no la falta.
V. No cumplir con el número mínimo de integrantes establecido en las presentes reglas de operación.
VI. Hacer un uso indebido de los recursos o no usar el recurso para los fines y propósitos establecidos en su plan de negocios, plan de inversión y en las reglas de operación;
VII. Detectar que la información y documentos presentados sean falsos; y
VIII. No cumplir sus responsabilidades cada miembro de la microempresa y/o sociedad o figura legal.
IX. No presentar evidencias de que se esté trabajando o llevando acabo las actividades correspondientes a la etapa del proceso en el que se encuentre.
NOTA: Se podrá sustituir a alguna de las integrantes del equipo en las siguientes circunstancias:
a) En caso de fallecimiento;
b) Cambio de residencia fuera del Municipio de Guadalajara;
c) Falta de interés al programa;
d) Conflictos entre las integrantes e
e) Inasistencia a las capacitaciones.
Dichas sustituciones sólo se podrán realizar antes de iniciar el módulo 5 del Diplomado Empresarial, quedando en el entendido que la nueva integrante recibirá su apoyo mensual a partir de la fecha de su incorporación al programa.
17. Derechos, Responsabilidades y Obligaciones de las beneficiarias.
I. DERECHOS DE LAS BENEFICIARIAS:
a) Recibir el apoyo económico;
b) Recibir la capacitación;
c) Recibir acompañamiento y asesoría en la elaboración de su plan de negocio; y
d) Que se les resuelvan sus dudas, preguntas o comentarios y que puedan expresar sus opiniones y recomendaciones sobre el programa.
II. RESPONSABILIDADES:
a) Asistir y cumplir con todas las horas de capacitación;
b) Entregar copia del diploma de acreditación del curso, de cada integrante de la microempresa y/o sociedad o figura legal;
c) Entregar plan de negocio y plan de inversión;
d) Entregar facturas que comprueben los gastos descritos en el plan de inversión; y
e) Firmar carta de aceptación de recursos, permanencia en el programa y firma de carta de no ser funcionario público.
III. OBLIGACIONES:
a) Proporcionar información verídica con los documentos correspondientes;
b) Presentar la documentación requerida;
c) Cumplir con los criterios solicitados;
d) Asistir a las capacitaciones;
e) Asistir a las reuniones a las que sean convocadas;
f) Hacer un uso apropiado y responsable del apoyo económico;
g) Presentar informe de operación de la microempresa y/o sociedad o figura legal en los tiempos previamente establecidos o cuando así sea solicitado;
h) Acudir a las actividades de corresponsabilidad social a las que sean citadas;
i) Permitir que en todo momento el personal de la Coordinación General de Desarrollo Económico y Combate a la Desigualdad pueda verificar el funcionamiento del negocio.
j) Respetar la confidencialidad del proyecto al que pertenecen en todo momento, más aún si abandonan el programa.
IV. SANCIONES A LAS BENEFICIARIAS
Se dará de baja del programa a:
I. Quien no brinde la información verídica en cualquier situación.
II. Quien no acuda a las reuniones o capacitaciones programadas sin justificación.
III. Las personas que extorsionen o amedrenten a los grupos.
IV. Las personas que ejerzan violencia en todos los aspectos hacia las demás integrantes.
V. Personas que quieran utilizar a las compañeras para obtener el capital semilla.
VI. Personas que presenten conducta inapropiada con sus compañeras de proyecto.
VII. Quien no presente informes de operación de la microempresa solicitados, tendrá que reembolsar el apoyo hasta el momento otorgado.
VIII. Quien presente credencial para votar con domicilio falso o no actualizado.
IX. Quien preste, regale o lucre con cualquier material que le sea entregado relativo al programa.
X. Los grupos en los que el negocio no se encuentre abierto o en funciones durante al menos cuatro visitas por parte del personal de la Coordinación General de Desarrollo Económico y Combate a la Desigualdad.
18. Comité Técnico de Valoración.
I. El Comité Técnico de Valoración se integrará de la siguiente forma:
a) Coordinación General de Desarrollo Económico y Combate a la Desigualdad;
b) Dirección de Desarrollo de Programas Sociales;
c) Coordinación General de Construcción de Comunidad;
d) Dirección del Instituto Municipal de las Mujeres en Guadalajara;
e) Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Guadalajara;
f) Dirección de Fomento al Empleo, Emprendurismo y Competitividad;
g) Jefatura del Programa Hecho por Mujeres en Guadalajara;
h) Dos representantes designados por el Consejo Municipal de Participación Ciudadana de Guadalajara;
i) Tesorería Municipal; y
j) Dos representantes de Organismos de la Sociedad Civil.
k) Un representante de la Comisaría Municipal.
II. Las funciones del Comité Técnico de Valoración son las siguientes:
a) Evalúa los análisis de datos proporcionados por la jefatura del programa;
b) Aprueba los proyectos y padrones;
c) Vigila la correcta aplicación y administración del programa, de acuerdo a las reglas de operación;
d) Propone iniciativas de mejora para el programa y las beneficiarias;
e) Dictamina casos extraordinarios con los beneficiarios y el programa que no estén contemplados en las reglas de operación; y
f) Cualquier situación no prevista en las presentes reglas de operación estarán sujetas al análisis y aprobación del mismo.
III. Por su parte, la Jefatura del Programa Hecho por Mujeres en Guadalajara, deberá:
a) Generar análisis de datos;
b) Resolver temas de contenido de conferencias, talleres y exposiciones;
c) Sesionar para resolver casos especiales con beneficiarias;
d) Evaluar resultados del programa y proyectos; y
e) Convocar y organizar al Comité Técnico de Valoración para reunirse periódicamente.
El Comité Técnico de Valoración deberá sesionar una vez al mes, con al menos el 50% cincuenta por ciento más uno de sus integrantes.
20. Procedimiento para Quejas, Denuncias, Incidencias, Inconformidad de Beneficiarias y Ciudadanos.
En caso de existir quejas del programa, deberán acudir a las instalaciones de la Coordinación General de Desarrollo Económico y Combate a la Desigualdad y entregar por escrito la descripción de la queja, denuncia e inconformidad.
Dicha queja, se verificará por parte de la Jefatura del Programa Hecho por Mujeres en Guadalajara y se realizará informe de la misma que se anexará al expediente para a su vez turnarse al Comité Técnico de Valoración, quien tomará la determinación de acciones según proceda para cada caso específico.
También podrán presentarse en el correo electrónico: anticorrupción@guadalajara.gob.mx, o al teléfono: 38282672.
21. Vinculación del Programa Hecho por Mujeres en Guadalajara.
La Jefatura del Programa Hecho por Mujeres en Guadalajara trabajará la vinculación con otros programas sociales municipales, estatales y/o federales, así como con organizaciones civiles, preparatorias, universidades y otras áreas del gobierno municipal.
22. Legislación aplicable.
En todo lo no previsto por las presentes reglas de operación serán aplicables:
a) La Ley de Desarrollo Social para el Estado de Jalisco;
b) El Código de Asistencia Social del Estado de Jalisco; y
c) La Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Jalisco y sus Municipios.
Aviso de Privacidad
El presente Aviso de Privacidad es puesto a su disposición en los términos del artículo 23 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, los artículos 20, 21-Bis punto 1, fracción III, 23 punto 1, fracción II, 24 y 25 fracciones XV, XVII y XX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios; el artículo 53, fracciones I y III, del Reglamento de la ley referida; Décimo Noveno, Vigésimo y Vigésimo Primero de los Lineamientos Generales en materia de Protección de Información Confidencial y Reservada; artículo 27 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados y artículo 30 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados para el Estado de Jalisco y sus Municipios.
Los datos personales que le serán requeridos por este medio son los siguientes: Datos del Alumno: nombre, domicilio particular, teléfono, celular, fecha de nacimiento y RFC. Datos del Tutor: nombre parentesco con el aspirante, fecha de nacimiento, tipo de identificación del tutor, número de identificación y vigencia de la misma. Datos Escolares: Preparatoria y semestre. Los cuales serán recabados a través de la Jefatura del Programa "Becas Prepárate", perteneciente a la Dirección de Desarrollo de Programas Sociales de la Coordinación General de Desarrollo Económico y Combate a la Desigualdad del Gobierno de Guadalajara; área responsable del uso, tratamiento y protección de los mismos, con la siguiente finalidad:
1) La correcta integración del expediente
2) Llevar a cabo el procedimiento de selección
3) Dar el seguimiento a los distintos trámites administrativos y/o servicios necesarios para la entrega del apoyo.
Para efecto de realizar las dispersiones correspondientes de la beca, será necesario transferir sus datos personales al Grupo Financiero Scotiabank Inverlat (GFSBI), con motivo de iniciar el trámite de apertura de la cuenta bancaria a la cual se depositará el apoyo económico mensual, por lo que se hace de su conocimiento que se requiere de su autorización expresa para poder realizar la transmisión de sus datos personales al tercero en mención, enfatizando que de no contar con su autorización, no se realizará la trasmisión. Cabe señalar que sus datos no podrán ser difundidos sin su consentimiento expreso, salvo las excepciones previstas en la Ley.
Finalmente, para mayor información al respecto se pone a su disposición el "Aviso de Privacidad del Municipio de Guadalajara" que puede ser consultado en el siguiente link: https://guadalajara.gob.mx/aviso-de-confidencialidad